In 2025

Plan México.

El pasado 13 de enero de 2025, la Presidenta de la República presentó la estrategia nacional denominada “Plan México”, el que establece, entre otras metas: fortalecer la industria nacional para el mercado local/regional; ampliar la sustitución de importaciones con cadenas de valor; generar empleos; fortalecer el desarrollo científico, tecnológico y la innovación; posicionar a México entre las diez economías más grandes a nivel mundial.

Derivado de ello el pasado 21 de enero de 2025, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales para apoyar la estrategia nacional denominada “Plan México”, para fomentar nuevas inversiones, que incentiven programas de capacitación dual e impulsen la innovación”.

Es así que a raíz de la implementación de dicho Decreto se busca:

  • Fomentar el desarrollo de capacidades técnicas, principalmente mediante los programas del Sistema de Educación Dual a cargo de la Secretaría de Educación Pública.
  • Impulsar la innovación nacional, mediante el apoyo a proyectos de inversión que promuevan el desarrollo de invenciones para a obtención de patentes, o bien, de certificaciones iniciales que posibiliten a los contribuyentes su integración a las cadenas de proveedurías local/regional.

Luego entonces, encontramos que el Artículo primero de este Decreto, establece los requisitos a cumplir a efecto de poder acceder al estímulo fiscal, por parte de las personas físicas con actividades empresariales y profesionales, o personas morales o morales del régimen simplificado de confianza, esto acorde con lo dispuesto por la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

Entre los requisitos a cumplir se encuentran que:

  • Deben estar inscritos en el Registro Federal de Contribuyente;
  • Contar con su buzón tributario debidamente habilitado;
  • Tener su opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en sentido positivo,
  • Presentar el proyecto de inversión según la modalidad que corresponda; adicionando para el caso de fomento al desarrollo de capacidades técnicas, el convenio de colaboración celebrado con la Secretaría de Educación Pública en materia de educación dual;
  • Además, deberán contar con constancia de cumplimiento y cumplir con los lineamientos que en ambos casos emitirá el Comité de Evaluación. Para efectos de este último supuesto, el instrumento en análisis estipula que el Comité contará con un plazo de 60 días naturales contados a partir de la publicación del Decreto para emitir y publicar los lineamientos en el Diario Oficial de la Federación.

Ahora bien, una vez cumplidos los requisitos establecidos en el decreto, los contribuyentes podrán acceder a:

  • Estímulo consiste en optar por efectuar la deducción inmediata de la inversión en bienes nuevos de activo fijo adquiridos a partir de la fecha de entrada en vigor del decreto y hasta el 30 de septiembre de 2030.
  • Podrán aplicar en las declaraciones anuales de los ejercicios fiscales de 2025 al 2030, un estímulo fiscal consistente en una deducción adicional equivalente al 25% del incremento en el gasto erogado por concepto de capacitación que reciba uno de sus trabajadores en el ejercicio que se trate o por los gastos erogados por concepto de innovación.

De igual modo, se precisa en el decreto, que no serán objeto del estímulo fiscal, el mobiliario y equipo de oficina, automóviles propulsados con motores de combustión interna, equipo de blindaje de automóviles, o cualquier bien de activo fijo no identificable individualmente, ni tratándose de aviones distintos de los dedicados a la aerofumigación agrícola.

No podemos pasar por alto que a fin de establecer las medidas de evaluación y control que brinden transparencia y certidumbre a los participantes se creará un Comité de Evaluación integrado por representantes de las secretarías de Hacienda y Crédito Público y de Economía con la participación del Consejo Asesor de Desarrollo Económico Regional y Relocalización.

Se estipula como medida de control presupuestario en la aplicación de estímulos fiscales, que el monto total que el Comité de Evaluación autorizará a las empresas no excederá de 30 mil millones de pesos durante la vigencia del decreto, del cual se destinarán 28 mil 500 millones de pesos para el estímulo fiscal en la inversión de bienes nuevos de activo fijo y los restantes 1 mil 500 millones de pesos al estímulo fiscal de la deducción en gastos de capacitación e innovación.

El decreto detalla los supuestos en los cuales no serán aplicables los estímulos fiscales, motivo por el cual se deberá tener mucho cuidado de no encontrarse en alguno de ellos.  Asimismo, en el caso que se hayan aplicado los estímulos fiscales y se incumpla alguno de los requisitos establecidos, estarán obligados a cubrir el impuesto, la actualización y los recargos correspondientes, conforme a las disposiciones legales aplicables.

En nuestra Firma, nos ponemos a su disposición para que con apoyo en las disposiciones legales se dé cumplimiento a las disposiciones implementadas, de igual forma contamos con herramientas tecnológicas para el diagnóstico de sus operaciones; nos reiteramos a sus órdenes esperando que la información aquí encontrada les sea de utilidad.

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