Boletín Informativo 35

Ciudad de México a 10 de agosto de 2022.

 

Asunto.-  ANAM ordena pausa en aviso de cruce.

Estimados clientes y amigos.

El aviso de cruce para el despacho de mercancías, es un tema que ha causado controversia en los últimos días. Entró en vigor el pasado 01 de agosto del presente año, por lo que me permito compartirles que a través de la plataforma de la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM), se han dado a conocer diversos boletines con la finalidad de informar a las diversas autoridades involucradas, así como a los usuarios, el nuevo proceso del mismo, veamos:

El 4 de agosto del año en curso, la ANAM dio a conocer el boletín número 22, en el cual solicitó a la Administración General de Comunicaciones y Tecnologías de la Información, del Servicio de Administración Tributaria, la desactivación de las validaciones en los pedimentos para establecer el inicio de este nuevo sistema (Aviso de Cruce), en las siguientes operaciones:

  • Cierre de consolidados; la información de las remesas presentadas ante el módulo de “selección automatizado” (Artículo 37-A de la Ley Aduanera).

Es decir, para aquellas operaciones que iniciaron antes de la entrada en vigor del aviso de cruce el 01 de agosto, para que no se requiriera efectuar el cierre del pedimento en el sistema del SAT, a fin de no bloquear la patente de los agentes aduanales.

  • La exigencia de declarar en el registro de descargos (512) pedimentos “desaduanados”. 
  • El bloqueo de patentes por pedimentos que hubiesen sido pagados antes del 1 de agosto de 2022, activando el mecanismo de “selección automatizado” con el aviso de cruce, por lo que en el sistema del Servicio de Administración Tributaria aun guardan el estatus de “no modulados”.
  • No permitir a los almacenes generales de depósito transmitir el informe de arribo o no arribo de mercancía. 

No obstante, el Servicio de Administración Tributaria requiere de tiempo para hacer las modificaciones pertinentes, así como para validar el marco jurídico que este cambio representa, por lo que no ha sido posible realizar las modificaciones solicitadas sin que se vea afectada la operación de comercio exterior.

En este sentido y con la finalidad de no obstruir más el comercio exterior, mediante boletín número 23, publicado 5 de agosto de 2022, la ANAM ordenó a las aduanas del país aplicar una pausa en la activación del mecanismo de “selección automatizado” hasta el 19 de septiembre de este año, para cualquiera de las operaciones que se vieran afectadas en los términos anteriormente señalados.

El resto de las operaciones que no presentaran los errores de validación anteriormente descritos podrían continuar operando con el aviso de cruce en los términos que fueron señalados en los boletines técnicos número 17 y 19, con las facilidades para quienes aún no cuenten con TAG.

Finalmente, la ANAM señala que una vez que el SAT se encuentre preparado, le será transmitida la información de los pedimentos desaduanados con dicho esquema desde el 1 de agosto de 2022, en el entendido de que la misma estará en posibilidad de transmitir la información correspondiente a partir del 15 de agosto del año en curso.

Xtrategas continuara informando sobre las publicaciones relevantes en materia de comercio exterior, quedamos a sus órdenes para orientarlos en cualquier duda al respecto de los temas mencionados en nuestros boletines.

Saludos cordiales.

Atentamente, MDE. Carlos C. Sarabia Díaz.
Dirección General Xtrategas