Ciudad de México a 28 de noviembre de 2022
Asunto.- Segunda versión anticipada de la 10ª resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022.
Apreciables clientes y amigos.
Los saludo con el gusto de siempre, esperando que estén bien con la ayuda de Dios.
En esta ocasión, nos dirigimos a ustedes para comentarles que 25 de noviembre de 2022, se publicó en la página del SAT la Segunda versión anticipada de la Décima Resolución de Modificaciones para 2022, a través de ésta se informa:
- Que el segundo periodo general de vacaciones del SAT, correrá del 19 al 31 de diciembre de 2022.
- El 17 de noviembre de 2022 será considerado inhábil para la Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente de Oaxaca “1”, será inhábil
Además, se modifican los Transitorios Décimo Séptimo y Cuadragésimo Séptimo de la Resolución Miscelánea para 2022, para quedar como sigue:
- Los contribuyentes obligados a expedir CFDI podrán emitirlos en su versión 3.3. y para CFDI que amparan retenciones e información de pagos podrá optar por emitiros en su versión 1.0, hasta el 31 de marzo de 2023. Esto, también es aplicable a los complementos y complementos concepto, compatibles con dichas versiones.
Lo anterior no implica que la versión 4.0 del CFDI vaya a entrar en vigor hasta el 1° de abril de 2023, pues esta entró en vigor desde el 1° de enero de 2022; sin embargo, sí amplía el periodo de convivencia de dichas versiones.
- Se recuerda que el uso del CFDI con complemento Carta Porte, es aplicable desde el 1° de enero de 2022; aunque, no se incurrirán en infracciones, aquellos contribuyentes que expidan el CFDI con complemento Carta Porte hasta el 31 de julio de 2023 y este no cuente con la totalidad de los requisitos contenidos en el “Instructivo de llenado del CFDI al que se le incorpora el complemento Carta Porte”, publicado en el Portal del SAT.
Esperamos que la información aquí proporcionada les sea de utilidad, y les recordamos que, en nuestra Firma, nos ponemos a su disposición para ayudarlos a cumplir en tiempo y forma con las disposiciones legales fiscales y aduaneras.
Atentamente, MDE. Carlos C. Sarabia Díaz.
Dirección General Xtrategas