Boletín Informativo 69

Se publican las RGCE para 2024.

Ciudad de México a 29 de diciembre de 2023

Apreciables clientes y amigos.

Esperando que ustedes y su familias estén cerrando el año en compañía de sus seres querido, como ya se ha vuelto costumbre por parte de la Autoridad en los últimos días del año hace publicaciones relevantes, y este año no fue la excepción, el día de ayer 28 de diciembre de 2023, fueron publicadas a través del Diario Oficial de la Federación en su edición vespertina, las Reglas Generales para Comercio Exterior de 2024, mismas que serán vigentes a partir del 01 de enero de 2024:

Dentro de las entradas en vigor tenemos las siguientes:

  • Manifestación de valor: Se sigue contemplando una vez más que se de a conocer el formato “Manifestación de Valor” del Anexo 1, en el Portal del SAT, este será exigible noventa días posteriores a su publicación, los requisitos siguen estando previstos en la regla 1.5.1 (Manifestación de valor).

Por lo tanto, los beneficios para exceptuar la presentación de la manifestación de valor entraran en vigor en las mismas fechas como es para la industria automotriz (regla 4.5.31, fracción XVIII) y el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en la modalidad de Operador Económico Autorizado (7.3.3, fracción XXIV)

  • Empresas programa IMMEX: La obligación relativa a garantizar el pago de las contribuciones por la importación temporal de mercancías sensibles del Anexo II del Decreto IMMEX, mediante póliza de fianza, a que se refiere la regla 4.3.2. Garantía del pago de contribuciones por la importación temporal de las mercancías señaladas en el Anexo II del Decreto IMMEX, será exigible hasta la entrada en vigor del Acuerdo que la Secretaría de Economía publique en el DOF para la aplicación del artículo 5, fracción IV del Decreto IMMEX.
  • Régimen de Incorporación Fiscal: Los contribuyentes que siguen tributando en el Régimen de Incorporación Fiscal, que estaba vigente hasta 2021, de conformidad con el Artículo Segundo, fracción IX (Disposiciones Transitorias de la Ley del ISR) del “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, de la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, del Código Fiscal de la Federación y otros ordenamientos”, publicado en el DOF el 12 de noviembre de 2021, podrán seguir transmitiendo pedimentos como lo prevén las siguientes reglas y anexos:
    • Autorización para la transmisión de pedimentos a través del SEA, acreditación de Representante legal, auxiliares y aduanas (1.10.1., sexto párrafo).
    • Procedimiento para la importación definitiva de vehículos (3.5.1., fracción II, cuarto párrafo).
    • Importaciones y exportaciones con pedimento simplificado (3.7.1., primer párrafo).
    • “Solicitud de número de autorización para transmitir pedimentos a través del SEA, acreditación y revocación de representante legal, acreditación y revocación de representante legal común, autorización y revocación de auxiliares, así como designación de aduanas en las que se realizará el despacho de las mercancías”, apartado de “Información adicional” y 22, apéndice 2, clave L1, (Anexos 2, ficha de trámite 28/LA)
  • Los trámites que prevén las siguientes reglas serán aplicables hasta el 31 de marzo de 2025:
  1. Inscripción en el Padrón de Importadores de Productos de la Canasta Básica (regla 1.3.8)
  2. Causales de suspensión en el Padrón de Importadores de Productos de la Canasta Básica (regla 1.3.9).
  3. Reincorporación en el Padrón de Importadores de Productos de la Canasta Básica (regla 1.3.10).
  4. Causales de baja definitiva en el Padrón de Importadores de Productos de la Canasta Básica (regla 1.3.11.).
  5. Adición de fracciones arancelarias a la inscripción en el Padrón de Importadores de Productos de la Canasta Básica (regla 1.3.12.).
  6. Presentación de contratos celebrados por contribuyentes inscritos en el Padrón de Importadores de Productos de la Canasta Básica (regla 1.3.13.).
  • Recinto fiscalizado estratégico: Las mercancías extranjeras destinadas al Régimen de Recinto Fiscalizado Estratégico, que fueron importadas antes de la entrada en vigor de la reforma a la regla 4.8.2. en la SRM de las RGCE para 2023, publicada en el DOF el 25 de abril de 2023, podrán permanecer en el régimen citado hasta por 5 años, siempre y cuando se realice un reporte específico de las mercancías que se encuentren en sus inventarios.
  • Vigencia de formatos de las RGCE 2024: Para las empresas que, a la fecha de la publicación de la Tercera Resolución de Modificaciones de las RGCE para 2023, publicada en el DOF el 03 de agosto de 2023, hayan tenido vigente su registro en el esquema de certificación de empresas modalidades de Operador Económico Autorizado o Socio Comercial Certificado, cualquier rubro, los formatos abajo enlistados entrarán en vigor el 3 de febrero de 2024; y, para las empresas con solicitudes de registro en dichos esquemas que hayan estado en trámite a la fecha de la publicación antes señalada, los formatos entrarán en vigor a partir de los seis meses contados a partir del día en que se otorgó su registro, debiendo cumplir en ambos casos lo establecido en la regla 7.2.1. Obligaciones en el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, tercer y cuarto párrafos, según corresponda a su registro:

• E3 “Perfil de la empresa”.
• E4 “Perfil del Agente Aduanal”.
• E5 “Perfil del Auto transportista Terrestre”.
• E6 “Perfil de Mensajería y Paquetería”.
• E7 “Perfil del Recinto Fiscalizado”.
• E8 “Perfil del Recinto Fiscalizado Estratégico”.
• E9 “Perfil del Transportista Ferroviario”.
• E10 “Perfil de Parques Industriales”.
• E11 “Perfil del Almacén General de Depósito”.

  • Derecho de Trámite Aduanero: El pago de DTA por la importación de mercancía no originaria procedente de un país parte del TIPAT, será a partir del 30 de diciembre de 2023 (regla 5.1.7.).

En las subsecuentes publicaciones le estaremos dando a conocer lo relevantes de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2024.

Les deseamos un feliz años nuevo, pleno de salud y lleno de éxito en lo personal como en lo profesional.

Saludos cordiales.

 

Atentamente,
Dirección General Xtrategas