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Se modifican las Reglas, como los Anexos 1, 2, 5 y 24.

A través de publicación el DOF, se dio a conocer la “Segunda Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2024 y Anexos 1, 2, 5 y 24”, en los cuales se establecieron cambios a:

  • Empresas de mensajería y paquetería.
  • Empresas que cuenten con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, en sus modalidades IVA e IEPS, rubros A, AA y AA, Comercializadora Importadora, OEA y Socio Comercial Certificado.

Ahora bien, los Anexos delas Reglas también presentan cambios, los más relevantes son-:

  • Anexo 1 “Formatos y modelos de comercio exterior”:
  • Se derogan los formatos B5 “Aviso de modificación al registro de despacho de mercancías”, B6 “Aviso único de renovación en el registro del despacho de mercancías”, B13 “Avisos a que se refiere la regla 7.2.1, relacionados con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas”, B15 “Aviso Único de Renovación en el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas”, E12 “Formato Único de Garantías en materia de IVA e IEPS”, F2 “Solicitud de registro del despacho de mercancías de las empresas” y F3 “Solicitud de Registro en el Esquema de Certificación de Empresas”.
  • Se modifica el modelo M1.7. “Documento de Operación para Despacho Aduanero (DODA)”, para incluir un campo especial denominado “Folio Fiscal del CFDI con Complemento Carta Porte”.

El cambio al modelo M1.7. entrará en vigor a partir del 15 de octubre de 2024.

  • Anexo 2 “Trámites de Comercio Exterior para 2024”:

Se derogan las siguientes fichas de trámite:

  • 56/LA “Autorización para la importación de vehículos en franquicia diplomática, propiedad de misiones diplomáticas y consulares, oficinas de organismos internacionales representados o con sede en territorio nacional y su personal extranjero, sin el pago de impuestos al comercio exterior.
  • 57/LA “Autorización para que misiones diplomáticas, consulares, organismos internacionales, así como su personal extranjero puedan importar en la franquicia que corresponda un vehículo que adquieran en territorio nacional de una empresa autorizada por el SAT para enajenar vehículos que se ensamblen en territorio nacional para su exportación con partes sujetas al régimen de depósito fiscal.”
  • 58/LA “Autorización para la enajenación de vehículos adquiridos en territorio nacional por misiones diplomáticas, consulares y organismos internacionales, así como su personal extranjero.”
  • 59/LA “Autorización para la enajenación de vehículos adquiridos en territorio nacional por misiones diplomáticas, consulares y organismos internacionales, así como su personal extranjero.”
  • 60/LA “Autorización para el traspaso de vehículos en franquicia diplomática por misiones diplomáticas, consulares y organismos internacionales, así como su personal extranjero.”
  • 61/LA “Solicitud de cancelación de franquicia diplomática de vehículos, por misiones diplomáticas, consulares y organismos internacionales, así como su personal extranjero.”
  • 62/LA “Autorización para la importación definitiva de vehículos en franquicia sin el pago de los impuestos al comercio exterior, propiedad del personal del Servicio Exterior Mexicano.”
  • 63/LA “Autorización para que el personal del Servicio Exterior Mexicano, puedan importar en franquicia un vehículo que adquiera en territorio nacional de una empresa autorizada por el SAT para enajenar vehículos que se ensamblen en territorio nacional para su exportación con partes al régimen de depósito fiscal.”
  • 64/LA “Autorización para la enajenación de vehículos importados en franquicia diplomática por miembros del Servicio Exterior Mexicano.”

Se modifican las siguientes fichas de trámite:

  • 22/LA “Autorización para el traspaso de vehículo adquirido en territorio nacional por misiones diplomáticas, consulares y organismos internacionales, así como su personal extranjero.”
  • 24/LA “Autorización y renovación para operar la apertura de cuentas aduaneras o cuentas aduaneras de garantía.
  • 78/LA “Solicitud y renovación para la inscripción en el registro de Empresas de mensajería y paquetería.”
  • 102/LA “Aviso para la destrucción de desperdicios conforme al artículo 109 de la Ley, para empresas con Programa IMMEX.”
  • 124/LA “Aviso de operaciones recurrentes a través de procedimientos simplificados.”
  • 125/LA “Aviso para presentar la relación detallada de pedimentos por utilizar el procedimiento simplificado a través de Empresas de mensajería y paquetería.”

Se agregan las siguientes fichas de trámite:

  • 152/LA “Solicitud para la inscripción en el Registro del Despacho de Mercancías de las Empresas, y avisos de renovación o modificación del mismo.”
  • 153/LA “Solicitud para la inscripción en el Registro del Esquema de Certificación de Empresas y aviso para su renovación.”
  • 154/LA “Avisos relacionados con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas.”
  • 155/LA “Solicitud para la aceptación, renovación, ampliación, aumento o cancelación de la garantía en materia de IVA e IEPS.”

Es importante mencionar que las fichas de trámite 78/LA, 124/LA Y 125/LA entrarán en vigor hasta el próximo 01 de enero de 2025.

  • Anexo 5 “Compilación de criterios normativos y no vinculativos en materia de Comercio Exterior:

Se adicionan los criterios 15/LA/N “Agentes y Agencias Aduanales. Infracciones relacionadas con la importación y exportación” y 3/LA/NV “Importación de azúcar. Mezclas de azúcar con carbón activado o con sustancias análogas similares”.

  • Anexo 24 “Información mínima que debe contener el Sistema Automatizado de Control de Inventarios”:

Se adiciona el apartado “C” en el cual se establece nueva información que deberá contener el Sistema Automatizado de Control de Inventarios.

En subsecuentes boletines les daremos a conocer el detalles de los cambios mas relevantes, con la finalidad de mantenerlos en cumplimiento de sus obligaciones en materia de comercio exterior.

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