Boletín Informativo 28

Ciudad de México a 01 de junio de 2022.

 

Asunto.- Decreto por el que se prohíbe la circulación y comercialización de los cigarros electrónicos (VAPE).

Apreciables Clientes y Amigos:

Con el gusto de saludarlos esperando que ustedes como sus familias se encuentren muy bien, me permito informarles que el día de ayer 31 de mayo de 2022 se publicó el  “Decreto por el que se prohíbe la circulación y comercialización en el interior de la República, cualquiera que sea su procedencia, de los Sistemas Electrónicos de Administración de Nicotina, Sistemas Similares sin Nicotina, Sistemas Alternativos de Consumo de Nicotina, cigarrillos electrónicos y dispositivos vaporizadores con usos similares, así como las soluciones y mezclas utilizadas en dichos sistemas” por parte del Ejecutivo Federal, el cual tiene como finalidad prohibir la circulación y comercialización de los productos conocidos como VAPE o cigarros electrónicos en territorio nacional. 

Como recordaran desde el pasado 22 de octubre de 2021, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación”, para establecer que la importación de los cigarros electrónicos (vape) estaría prohibida.

Es decir, a pesar de que su importación se encontraba prohibida, continuaba su comercialización en territorio nacional, por lo que  la Secretaría de Salud, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) y la Comisión Nacional contra las Adiciones (Conadic), emitió Alerta Sanitaria No. 12/2021, para vapeadores y productos emergentes de tabaco, supuestamente por ocasionar graves daños a la salud, causados por los compuestos carcinógenos, sustancias tóxicas y emisiones en forma de aerosol, además de tener un impacto nocivo a la salud pulmonar.

Por ello, el presidente de la República tomo acciones al firmar el citado Decreto para para prohibir su comercialización y circulación en territorio nacional, es importante señalar que a quien incumpla con la prohibición establecida será sancionado de acuerdo a las disposiciones jurídicas aplicables.

En nuestra firma nos aseguramos que la información aquí encontrada les sea de utilidad, recordando que Xtrategas se encuentra a su disposición por las posibles consultas que se pudiesen generar acerca de la información aquí establecida.

Saludos cordiales.

 

Atentamente, MDE. Carlos C. Sarabia Díaz.
Dirección General Xtrategas