In Boletín

Apreciables clientes y amigos,

Esperando que ustedes y su familia se encuentren bien, me permito informarles que el pasado 28 de agosto del presente año, la Agencia Nacional de Aduanas de México publicó en su portal el Boletín número 19, conforme al cual dio a conocer al público en general, que se han actualizado los “Lineamientos que deben de observar quienes cuenten con autorización para fabricar o importar candados electrónicos, así como para quienes la soliciten”, los cuales pueden ser consultados en la siguiente liga: https://anam.gob.mx/candados-electronicos-anam/ 

Al respecto, es importante recordar que el candado electrónico es un medio de control y seguridad previsto en el artículo 16-D de la Ley Aduanera, que puede ser utilizado en los vehículos y contenedores que transporten las mercancías materia del despacho aduanero, como los tránsitos internos.

En este orden, cuando se va a llevar a cabo un tránsito interno a la importación de mercancías, se deben de cumplir una serie de requisitos, entre ellos, que el traslado de las mercancías sea efectuado por una empresa transportista que cuente con un registro otorgado por la Agencia Nacional de Aduanas de México. Sin embargo, cuando se realiza un tránsito interno con un candado electrónico, uno de los beneficios que se obtiene, es que se exime la utilización de una empresa transportista registrada, para el traslado de las mercancías, pudiendo utilizarse incluso medios de transporte propios.

Es importante señalar, que los agentes aduanales, agencias aduanales, importadores y exportadores sólo pueden adquirir los candados electrónicos a las personas morales que acreditaron una serie de requisitos administrativos, legales, técnicos, de seguridad y de transmisión, previstos en el artículo 16-D de la Ley Aduanera, la regla 1.7.7. de las Reglas Generales de Comercio Exterior y su ficha de trámite 123/LA, así como con los Lineamientos que deben de observar quienes soliciten la autorización para fabricar o importar candados electrónicos.

Acorde con el cumplimiento de la normatividad antes señalada, Diagnóstico Aduanero, S.A. de C.V. (https://vicer.com.mx/ / contacto@vicer.com.mx), obtuvo la autorización para la importación y enajenación de candados electrónicos, los cuales a su vez cumplen con los Lineamientos que deben de observar quienes cuenten con autorización para fabricar o importar candados electrónicos, así como para quienes la soliciten, que fueron recientemente actualizados por la Agencia Nacional de Aduanas de México.

Es una gran noticia en torno a la mejora logística y costos en los tránsitos.

PRODECON: Nueva presentación para acuerdos y quejas.El combate contra empresas factureras se mantiene firme el próximo sexenio