Secretaría de Economía ofrece alternativa para la importación temporal de productos textiles.
Hoy por medio del portal de SNICE, la Secretaría de Economía dio a conocer el oficio número 400.2025.001, respecto a los “Criterios y Requisitos para la aplicabilidad del Anexo 1 del Decreto para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación (IMMEX)”.
Con la publicación del oficio, se permitirá a las empresas del sector textil, exceptuar el cumplimiento del “Decreto por el que se modifica la tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación y el Decreto para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación” publicado el pasado 19 de diciembre de 2024.
Es decir, para la mercancía clasificada en los capítulos 61, 62, 63 y las subpartidas 9404.40 y 9404.90, podrán seguir importando temporalmente, siempre y cuando cumplan con los siguientes requisitos, como son:
- Contar con el Registro en el Esquema de Certificación de empresas sin procedimiento de suspensión o cancelación.
- Haber proporcionado a la autoridad competente el acceso en línea al sistema automatizado de control de inventarios de acuerdo a lo establecido en el apartado C del Anexo 24.
- Haber realizado operaciones con mercancía clasificada en fracciones arancelarias que se realice la solicitud, en el último año calendario.
Es importante mencionar que, en caso de que la Autoridad determine algún incumplimiento en la solicitud, esta se tendrá por desechada y NO se podrá presentar una nueva solicitud.
El oficio en cuestión, tendrá una vigencia de 6 meses a partir de la publicación.
Con el gusto de siempre Xtrategas los puede ayudar a realizar la solicitud correspondiente a aquellas empresas que cuenten con programa IMMEX y realizan las importaciones textiles.